SOCIOLOGIA DEL DERECHO

INTRODUCCION

Desde la existencia del hombre en la tierra, este ha interactuado como el medio social; medio que lo conforman todos los seres sociales y en especial por el hombre al ser considerado como el animal de perfección socializadora. El hombre con el mero hecho de estar rodeado por otras individuos en un medio, ya está siendo parte de la interacción social, en esta interacción social en un principio en un estado natural a traído muchos conflicto o choques de intereses creando así un estado de inseguridad para todos; este miedo a conllevado a que los individuos establezcan un ordenamiento social de derechos el cual permita la buena convivencia entre los hombres.es por esta razón que he visto la necesidad de centrar mi investigación en la formación del pensamiento sociológico.

La sociología del derecho ha sido un área relativamente marginal tanto en las facultades de derecho como en las de sociología, lo cual ha llevado a la creación de entes centros de investigación autónomos e independientes. La Asociación Derecho y Sociedad (Law & Society Association) y el Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati son ejemplos de entes académicos dedicados al estudio y a la investigación en sociología jurídica. La revista Droit et Société en Francia también es un medio importante de difusión en temas relacionados con este campo de estudio.

En cuando a metodología de investigación, la sociología del derecho emplea métodos de las ciencias sociales y de la estadística para conocer el comportamiento de los operadores jurídicos (aquellos de los que depende el derecho aplicable, como los legisladores o los jueces) y los destinatarios de las normas. La investigación sociojurídica es, en un sentido amplio, investigación social, por lo cual esta implica realizar trabajo empírico o trabajo de campo, como entrevistas, sondeos, encuestas, muestreos estadísticos, etc.

CONCEPTO

Definición de la Sociología del Derecho: 
La Sociología del Derecho, también llamada sociología jurídica, es aquella disciplina que estudia los problemas, las implicaciones, y todo aquello concerniente a las relaciones entre el Derecho y la sociedad. A diferencia de la Teoría del Derecho y de la Filosofía política, el principal problema u objeto de estudio de la sociología jurídica es el de la eficacia del derecho.

La sociología jurídica es para algunos, una rama de la sociología general. Para otros, es una subdisciplina del derecho (En europa se institucionalizo como disciplina). A nivel general, es una aproximación sociológica al derecho.

Los orígenes de la sociología jurídica pueden rastrearse hasta las obras de los clásicos, a saber, Max Weber, Émile Durkheim y Karl Marx. Algunos precursores modernos son Rudolph Von Ihering, Francois Gény, Eugene Ehrlich, Jean Carbonnier, Georges Gurvitch, Roscoe Pound, Axel Hägerström y Renato Treves. Un desarrollo inigualable le han dado a la sociología jurídica Max Weber y Niklas Luhmann, especialmente este último con sus obras Gesellschaft der Gesellschaft y Gesellschaft und Recht, obras que salvo en México son aún prácticamente desconocidas en el ámbito hispanohablante.

DERECHO Y GLOBALIZACIÓN

Los impactos de las globalizaciones han sido distintos según los campos en los que han incidido y han cambiado también según los países a los que han afectado. Así por ejemplo, la globalización de los mercados financieros se ha dejado sentir menos en África que en Europa o en América del Norte, por la sencilla razón de que las posibilidades de inversión especulativa que tiene todo ese continente son considerablemente menores que la que tienen los demás.

La globalización, en singular, no existe. Se simplifica para abreviar, pero a poco que se repare, cualquiera se dará cuenta que, en realidad, no hay una sino varias globalizaciones, cada una de las cuales obedece a su propia lógica y a sus propios ritmos.

Aunque podría pensarse que en el mundo del derecho la globalización se ha limitado a modificar las prácticas de los sectores del ordenamiento jurídico vinculados con el comercio exterior, lo cierto es que ha venido a cambiar a casi todos los ámbitos. Hoy en día ya se está construyendo (con todas las dificultades inherentes) un proceso de globalización del derecho penal. En Europa existe ya un “derecho monetario común” y es probable que en los años siguientes se vaya consolidando un constitucionalismo supra-nacional.

MULTICULTURALISMO

Multiculturalidad es la existencia de varias culturas conviviendo en un mismo espacio físico, geográfico o social.

La multiculturalidad abarca todas las diferencias que se enmarcan dentro de la cultura, ya sea, religiosa, lingüística, racial, étnica o de género.

La multiculturalidad reconoce la diversidad cultural que existe en todos los ámbitos y promueve el derecho a esta diversidad.

Según la sociología o antropología cultural, la multiculturalidad es la constatación de que coexisten varias culturas en un mismo espacio geográfico o social pero no existe una influencia o intercambio importante entre ellas. Es por ello que la multiculturalidad puede crear comunidades aisladas como, por ejemplo, los barrios italianos, chinos, palestinos, etc. que existen en algunas grandes ciudades sin o con muy poco contacto con la comunidad local.

Cuando las comunidades logran mantener un intercambio en respeto y tolerancia los expertos lo llaman de multiculturalismo.

CONCLUCIONES

  • La sociología del derecho es una rama de la sociología general y, por lo tanto, tiene su mismo método y sus mismas características.
  • La sociología jurídica se hace cargo de la función social básica del derecho, que es la de regir la convivencia humana- y por lo tanto los distintos grupos sociales- sin que por ello se ignore que es portador de valoraciones de justicia, libertad, seguridad, orden, etcétera, que han de encarnar en el grupo social respectivo. El derecho es un fenómeno social, pues, como hemos dicho, existe exclusivamente allí donde hay sociedad.
  • La sociología jurídica estudia también las transformaciones del derecho, a los efectos de explicarlas causalmente, pero no ya con el alcance individualizador, propio de la historia, sino con una amplitud generalizadora, a fin de formular las leyes (se entiende que leyes en sentido sociológico y no natural) que explican esas
    transformaciones.

BIBLIOGRAFÍA

LA SOCIOLOGÍA DEL DERECHOhttp://www.monografias.com/trabajos100/la-sociologia-del-derecho/la-sociologia-del-derecho.shtml

SOCIOLOGIA DEL DERECHO Y CIENCIA DEL DERECHO: https://es.slideshare.net/jesusrapraygamarra/sociologia-del-derecho-y-ciencia-del-derecho

SOCIOLOGÍA DEL DERECHO: https://estudiosjuridicos.wordpress.com/introduccion-al-derecho/sociologia-del-derecho/

MULTICULTURALISMO: https://es.wikipedia.org/wiki/Multiculturalismo

BATIFFOL, HENRI; FILOSOFIA DEL DERECHO; editorial EUDEBA; primera edición; buenos aires-ARGENTINA; 1966; pag. 32

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